La Dirección de la empresa, consciente de que la actividad que desarrolla puede ocasionar daños a la seguridad y salud de los trabajadores y la de terceras personas que puedan permanecer en las instalaciones, ha determinado el desarrollo de un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales integrado en su actividad, conforme a los siguientes principios:
- La salud y seguridad de los trabajadores contribuye a la ejecución de nuestra actividad empresarial, preservando y desarrollando los recursos físicos y humanos y reduciendo las perdidas y responsabilidades legales que se derivan de la materialización de los riesgos laborales.
- La actividad preventiva, se orientará a evitar los riesgos y a evaluar aquellos que no se hayan podido eliminar.
- La determinación de las medidas preventivas, se efectuará intentando actuar sobre el origen de los riesgos y en su caso, anteponiendo la protección colectiva a la individual y considerará los riesgos adicionales que pudieran implicar y sólo podrán adoptarse cuando la magnitud de dichos riesgos, sea sustancialmente inferior a los que se pretende controlar y no existan alternativas más seguras.
- La elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, se efectuará con miras en particular a atenuar el trabajo, monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud de los trabajadores.
- La planificación de la prevención, buscará un conjunto coherente que integre la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
- Sólo los trabajadores que hayan recibido información suficiente, podrán acceder a una zona con riesgo grave y específico.
- Antes de encomendar a un trabajador una tarea, se considerará su capacidad profesional en materia de seguridad y salud para poder desarrollarla.
- Al evaluar la peligrosidad de los procesos, deberá analizarse las consecuencias que podrían ocasionar las posibles distracciones o imprudencias no temerarias que pudieran cometer los trabajadores al efectuarlas.
- Se asegurará el cumplimiento indicado en la normativa de aplicación y se valorará en todo caso, los estándares de seguridad alcanzables conforme al nivel actual de la técnica.
- Los trabajadores tienen derecho a participar activamente en cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos en el trabajo, para lo que se dispondrán de los cauces representativos establecidos legalmente en el Capitulo V de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
La Dirección de HERMANOS FERNANDEZ PEÑO, S.L., ha establecido en el presente documento su POLÍTICA DE CALIDAD Y GESTIÓN AMBIENTAL, (POLÍTICA DE LA MEJORA) como guía hacia una mejora en los procesos de prestación de nuestras obras y servicios y el absoluto control de los residuos recogidos y producidos por nuestra propia actividad, y la que nos orienta en el futuro hacia la realización de actuaciones para hacer no sólo el menor daño posible a la naturaleza, sino en la medida de nuestras posibilidades, favorecerla.
Para asegurar la conformidad en todas nuestras actuaciones con nuestra Política de Calidad y Gestión ambiental, la Dirección de HERMANOS FERNANDEZ PEÑO, S.L. ha establecido e implantado un Sistema de Gestión integral en base a los requisitos de las normas UNE-EN ISO 9001:2008, “Sistemas de Gestión de la Calidad. Requisitos” y UNE EN ISO 14001:2004, “Sistemas de Gestión Ambiental. Requisitos con orientación para su uso”.
La Política de Mejora de HERMANOS FERNANDEZ PEÑO, S.L., se basa en los siguientes compromisos:
- Compromiso de cumplir con los requisitos, ya sean estos legales, contractuales o de otra índole, que nos sean aplicables en razón de nuestra actividad, tanto en el ámbito del desempeño de nuestros procesos como en el ámbito ambiental de nuestras actividades, de manera que nuestra actuación en ningún caso pueda contravenir los requisitos y especificaciones legales establecidas por las distintas administraciones públicas.
- Compromiso de llevar a cabo nuestro trabajo dentro de un entorno de gestión que garantice una mejora continua en nuestros procesos, en nuestros métodos de actuación y en nuestras relaciones con partes interesadas, mediante el establecimiento y revisión periódica de nuestros objetivos de mejora.
- Compromiso de proteger el medio ambiente y nuestro entorno, mediante actuaciones y medidas orientadas a la prevención de cualquier tipo de contaminación que pudiera originarse por operaciones debidas a nuestra actividad.
- Compromiso de promover una comprensión y difusión de nuestra política de calidad y gestión ambiental dentro de nuestra organización, mediante la formación y comunicación continuada con nuestros trabajadores y a todas las empresas que trabajan para o en nombre de HERMANOS FERNANDEZ PEÑO, S.L.
- Compromiso de controlar de manera efectiva todos nuestros procesos, haciendo especial hincapié en:
- Calidad de nuestras obras.
- Eficiencia y eficacia de nuestros trabajos.
- Relaciones con nuestros clientes.
- Control de los residuos.
- Compromiso de poner a disposición del público en general nuestra política de calidad y gestión ambiental, para su conocimiento.
Según el REGLAMENTO EUROPEO DE PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN Nº 305/2011, todos los productos fabricados para ser incorporados de forma permanente en obras de construcción, tanto edificación como obra civil, en todo el mercado interior de la Unión Europea deben estar en posesión de su marcado CE de acuerdo a las normas europeas de referencia. En el caso de las estructuras metálicas estas normas son la EN 1090-1, EN 1090-2 y EN 1090-3. La EN 1090-1 (certificable) trata de las disposiciones para la evaluación de la conformidad de los componentes que implican conformidad con las características de comportamiento declaradas por el fabricante de los componentes. La EN 1090-2 (no certificable) especifica requisitos para la ejecución de estructuras de aceros. La EN 1090-3 (no certificable) especifica requisitos para la ejecución de estructuras de aluminio).
Hnos. Fernández Peño, S.L. posee el certificado de MARCADO CE según según la norma UNE-EN 1090-1:2011, para la fabricación de estructuras de Acero, otorgado por la empresa de certificación BUREAU VERITAS, el cual establece las condiciones que deben cumplir los productos transformados metálicos para que puedan ser comercializados dentro de la comunidad Europea. Este certificado es requisito indispensable y obligatorio para el año 2.014 y para obtenerlo hemos terminado de implantar un Control de Producción en Fábrica, que incluye además un Plan de Control de Calidad de las Soldadura; reforzando aún más nuestros estándares anteriores de fabricación y las homologaciones de nuestros soldadores según las normas UNE.
CERTIFICADO: